Visto bueno al recurso de inconstitucionalidad

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  • Jueves 20.11.2008

El Presidente lo interpondrá cuando Ibarretxe publique su consulta

Visto bueno al recurso de inconstitucionalidad


Etiquetas: TC, Justicia, Gobierno, Ibarretxe, País Vasco

EFE/Vanesa Felpeto.

El Gobierno no ha querido que el descanso vacacional beneficie a los planes de Juan José Ibarretxe. Ya se han dado todos los pasos necesarios para que el Ejecutivo central interponga el recurso de inconstitucionalidad frente a la consulta del lehendakari.

Oído el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros ha acordado solicitar al presidente del Gobierno la interposición del recurso ante el Tribunal Constitucional tan pronto como la norma sea publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, para lo que el lehendakari dispone de un plazo de 15 días. Así lo ha explicado la vicepresidenta, María Teresa Fernández de la Vega, en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros.

En su dictamen, el Consejo de Estado considera que "existen argumentos jurídicos suficientes" para que el Gobierno interponga recurso de inconstitucionalidad, ya que “pone en cuestión el fundamento mismo del orden político y jurídico del Estado en su conjunto" y vulnera "el orden constitucional de competencias"."El objeto de la consulta (...) trasciende el ámbito de interés y de competencias de la Comunidad Autónoma, afecta al interés del Estado y de los demás territorios de España".

El recurso del Gobierno ante el Tribunal Constitucional irá acompañado de una "expresa invocación" al articulo 161 de la Constitución. Esto implica la suspensión inmediata de la ley recurrida y todos sus efectos jurídicos durante cinco meses, lo que impediría la celebración del referéndum el 25 de octubre.

Cuestión de competencias
La Constitución española establece en su artículo 149. 1 que el Estado central tiene competencia exclusiva en materia de convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. Esta potestad recae en el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso. Conforme a esta norma, no cabría delegación en ninguna institución autonómica para este asunto.

Ante la reivindicación de Ibarretxe, que alega usar el término "consulta" en lugar de "referéndum", el Consejo dice que “con independencia del término empleado, le será de aplicación lo dispuesto en la Constitución y en la Ley estatal" .

Un cambio en la organización constitucional

El Consejo de Estado argumenta además que el objetivo de la consulta impulsada por Ibarretxe es "alcanzar un acuerdo de normalización política en el que se establezcan las bases de una nueva relación" entre el País Vasco y el Estado, lo que supondría un cambio de la organización territorial del Estado establecida por la Constitución vigente, por lo que sería necesaria su reforma.

La Constitución contempla que las Asambleas Autonómicas puedan pedir la reforma del texto, bien solicitando del Gobierno la adopción de un proyecto de Ley bien remitiendo a la Mesa del Congreso una proposición de Ley. Sin embargo, somete en su artículo 167 esta reforma al procedimiento agravado, por lo cual deberá ser aprobada por mayoría de 3/5 en las Cortes Generales y sometida a referéndum.

Esto significaría, en opinión del Consejo de Estado, "aceptar que una fracción del electorado pudiera, en hipótesis, abrir un auténtico proceso constituyente, expresándose, con crudeza, no sólo la tensión entre una democracia representativa y los instrumentos de participación directa, sino también entre el pueblo español como titular de la soberanía nacional y una parte del mismo".

Autonomía, pero unidad
En cuanto a las pretensiones de la consulta de Ibarretxe, el órgano consultivo del Gobierno alude a sentencias anteriores del Tribunal Constitucional para recordarle al Parlamento Vasco que "autonomía no es soberanía y, dado que cada organización dotada de autonomía es una parte del todo, en ningún caso el principio de autonomía puede oponerse al de unidad".

04/07/2008

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