19 meses de cárcel por pegar y amenazar a su expareja en la Boa Vila

El acusado golpeó a la mujer en el rostro, la lanzó al suelo y le hizo el gesto de rajarle el cuello en episodios sucesivos ocurridos en Pontevedra

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un vecino de la Boa Vila a dos penas que suman 19 meses de prisión por un delito de maltrato de obra y otro de amenazas de carácter continuado cometidos sobre su excompañera sentimental entre los meses de septiembre de 2014 y junio de 2015.

El dictamen considera acreditado que el investigado, de 37 años, "mantuvo una relación con la denunciante, teniendo ambos en común un hijo menor de edad". Señala, además, que "en un día no determinado, sobre los meses de septiembre y octubre de 2014, el acusado golpeó en la cara a la víctima, empujándola y tirándola al suelo cuando se encontraba en las inmediaciones de su domicilio". Producto de la agresión, la mujer sufrió varias heridas en la boca.

La sentencia añade que "para amedrentar a su expareja, el ahora condenado la telefoneó y le dijo "no te descuides, que un día cuando vayas al colegio no te vas a encontrar al niño".

Con el mismo fin, añade el relato del juez, "sobre las 20.15 horas del 19 de febrero de 2015, al cruzarse con ella en las proximidades de A Parda, a la salida de los juzgados, "se dirigió hacia ella haciendo un gesto pasando el dedo por el cuello como si se lo fuese a rajar a ella". Ese día, el ahora penado fue detenido por saltarse la orden preventiva de alejamiento de su expareja que pesaba sobre él por un mandato judicial previo.

Paralelamente y por falta de pruebas, el tribunal absuelve al investigado de un delito de maltrato habitual del que había sido denunciado por su excompañera sentimental.

En cuanto a las penas, contra las que ya no cabe recurso ordinario alguno, el juez impone al encausado nueve meses de prisión por la mencionada agresión cometida contra su expareja, además de un año y nueve meses de alejamiento, y diez meses más de cárcel por el delito de amenazas continuadas, con idéntica orden de protección para la víctima.

Además, el encausado no podrá poseer ni portar armas en los próximos dos años y deberá hacerse cargo de la totalidad de las costas procesales.

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