Condenan por lesiones al hombre que acabó con la vida de otro en Ferrol

Un jurado popular consideró que el hombre no era culpable de homicidio o asesinato

Un jurado popular ha condenado este viernes únicamente por lesiones al septuagenario que acabó con la vida de otro varón en una fiesta de cumpleaños celebrada en Ferrol, al que consideran no culpable de homicidio o asesinato. La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha acogido este viernes la lectura del veredicto, que ha concluido con el procesado absuelto del homicidio o asesinato que pedían la Fiscalía y la acusación particular.

La mayoría del jurado, con ocho miembros contra uno, ha decidido que cometió un delito de lesiones con instrumento peligroso en concurso ideal con un delito de homicidio preterintencional, lo que mantenía su defensa, que significa que aunque acabó con la vida de la víctima como consecuencia de un navajazo, no lo buscaba. Ahora se enfrentará a una pena que puede oscilar entre un año y nueve meses y tres años y seis meses de prisión, con la eximente incompleta de legítima defensa respaldada por cinco integrantes del jurado frente a tres.

Los hechos ocurrieron durante una fiesta de cumpleaños celebrada el 12 de marzo de 2016 con cerca de medio millar de invitados, de etnia gitana, en que el ahora condenado actuó como patriarca con el objetivo de "poner paz" cuando se produjo una reyerta multitudinaria, según dijo en el juicio. Afirmó que primero quiso "calmar a la juventud" y al final se quedó contra una pared con una navaja sobre su pecho para protegerse, que finalmente acabó clavada en el torso de la víctima, quien falleció en el hospital tras haber sido reanimado previamente.

Manuel Ferreiro, el abogado defensor del procesado, ha explicado a los medios que ni él ni su familia han contenido las lágrimas al enterarse del fallo del tribunal: "Estamos encantados", ha dicho. "El jurado ve la legítima defensa que mantuvimos desde el principio. Creemos que el veredicto hace justicia a lo que realmente pasó. Mi cliente nunca tuvo intención de matar y, a mayores, actuó para defenderse", ha defendido.

Ha incidido en que "merece una condena", que será, como máximo, de tres años y medio, y recuerda que "el jurado ha informado a favor de la suspensión" de la actual pena de privación de libertad, que mantiene desde el momento de los hechos.

José Ramón Sierra, que ha ejercido la acusación particular y pedía quince años de cárcel por asesinato, ha anunciado que recurrirá al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que espera que estime sus pretensiones.

Supone que la Fiscalía también recurrirá la sentencia y considera que "con una persona fallecida y una pena máxima de cinco años" habría que ver qué habría pasado con un tribunal profesional en lugar de un jurado. "Se ha atendido una atenuante y se ha dicho que no había intención de matar. Eso no es la esencia del asesinato. Quizá no hemos trasmitido al jurado lo que es la alevosía, que es fallo nuestro", ha subrayado.

Ahora las partes solicitarán penas, que serán máximas en las acusaciones y mínimas por parte de la defensa, pero será el presidente del tribunal quien establezca, en la sentencia, el periodo que debe pasar el condenado en prisión.

Comentarios