El tribunal de la Gürtel cita a Rajoy por la falta de colaboración del PP

Los magistrados recuerdan en el auto que el partido se negó a declarar en su condición de responsable civil
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante la rueda de prensa ofrecida este viernes en el Palacio de la Moncloa
photo_camera El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante la rueda de prensa ofrecida este viernes en el Palacio de la Moncloa

El tribunal de Gürtel ha explicado este lunes que el motivo de llamar como testigo al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, tras rechazarlo en dos ocasiones, se debe a la falta de colaboración por parte de la representación del PP en el juicio, en el que se negó a declarar en su condición de responsable civil.


Así lo indican los magistrados José Ricardo de Prada y Julio de Diego en el breve auto de cuatro páginas en el que explican por qué deciden llamar a declarar al presidente del Gobierno ante el tribunal, si bien aún no han puesto fecha para la citación.

En cuanto al régimen jurídico aplicable a esta declaración, recuerdan que su citación no es por su condición de presidente del Gobierno sino por haber ostentado el cargo de secretario general del PP cuando sucedieron los hechos que se están juzgando y que abarca el periodo entre 1999 y 2005.

Por ello creen aplicable en este caso los artículos 702 y 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), "debiendo comparecer el testigo ante el tribunal en la fecha que se señale", aunque por la razón de su ocupación actual podría hacerlo desde su despacho "para evitar perturbar el adecuado ejercicio de su cargo".

El auto adjunta el voto particular discrepante del presidente del tribunal, Ángel Hurtado, que se opuso a esta citación y ahora señala que el hecho de llamarle a declarar ante el tribunal puede hacer pasar a Rajoy "por la exposición pública que es verle llegar y estar en la Audiencia Nacional".

Hurtado, en su voto, que abarca 10 páginas, entiende que sus compañeros apuntan "a la idea de que esta comparecencia ha de ser presencial ante este tribunal, cuando hay suficientes razones para que la misma se realice mediante el sistema de videoconferencia, y algo al respecto se debería haber dicho sobre este particular".

Por ello pide a sus compañeros que lo aclaren, dado que los términos del auto "apuntan a que la comparecencia sea presencial" y añade que, si bien el propio Rajoy ha manifestado en los medios de comunicación su disposición de declarar en persona, "ello no quita" para que él considere que su declaración "debería hacerse por videoconferencia".

La sola "posición institucional del testigo, aconseja la utilización de la videoconferencia, por ser el medio menos perturbador para el desempeño de las funciones de su cargo, además de por razones de seguridad y/o de orden público", destaca Hurtado.

"Si la razón para que comparezca a declarar el testigo a presencia de este tribunal se encuentra en que sea tratado al igual que los demás ciudadanos, es ahí donde se quiebra el principio de igualdad, por tratársele igual que al resto de personas que no ostentan un cargo de tanta relevancia", sostiene Hurtado.

Los dos magistrados que el pasado martes consideraron "admisible" la petición de la acusación que ejerce Adade de que declarara Rajoy, justifican en el auto su cambio de opinión en "la significativa posición procesal del Partido Popular, que se negó a prestar ninguna declaración respecto de los hechos".

"Por tanto, la situación en la que se encuentra el tribunal es muy diferente a la de antes del inicio de las sesiones del juicio o la posterior cuando tampoco se había practicado suficiente prueba para llegar a determinadas conclusiones, que son las que nos mueven ahora a considerar que la prueba deba admitirse en este momento".

Agregan, tratando de evitar "cualquier tipo de pronunciamiento que pudiera comprometer la posición del tribunal", que están en su "ánimo contar con todo el material probatorio necesario que (...) nos permita llegar a una deliberación en las mejores condiciones".

Hurtado, por el contrario, entiende que cuando por dos veces se rechazó el testimonio de Rajoy fue porque la acusación no aportó "razón" suficiente para esa petición y se acordó que solo "si la aportaba, habría que entrar a valorar por la Sala si era admisible".

Critica además la argumentación de sus compañeros para admitir esta testifical, la referida a "contar con todo el material probatorio necesario", y la califica de "formalismo vacío de motivación real", ya que, a su juicio, "no se puede asentar la decisión en la afirmación de que algo es necesario, sin argumentar por qué se considera tal".

Cree que los dos magistrados deberían haberse "extendido en este tipo de explicaciones", dado que ni "a este magistrado, ni al Ministerio Fiscal, ni al Abogado del Estado, ni a las defensas" les pareció necesaria la práctica de esta prueba.

A Hurtado le parece "más que llamativa" la ausencia de esa motivación por parte de sus compañeros que lleve a explicar por qué rechazaron dos veces esa prueba y luego la aceptaron sin que la parte proponente aportara "razón suficiente".

Añade además que una vez admitida la testifical de otros exsecretarios generales del partido como Ángel Acebes, Francisco Álvarez Cascos o Javier Arenas, citados para junio, "era innecesario que viniera a declarar ningún otro" y cree que el que Rajoy formara parte de los organismos centrales tampoco justifica su llamada como testigo.

De hecho este es un criterio que, según Hurtado fue "asumido" por sus compañeros y por ello no acaba "de entender por qué ahora no lo han tenido en cuenta para resolver". 

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